Línea 1 (Empresas):
Empresas legalmente constituidas y ubicadas en Asturias, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, excluyendo a las que tengan una plantilla superior a los/as 250 trabajadores/as en el centro de trabajo para el que se requiera la contratación e incluyendo a los trabajadores/as autónomos/as que contraten a personal por cuenta ajena.
Línea 2 (Asociaciones profesionales):
Asociaciones sectoriales de empresarios/as o Clusters o Agrupaciones de empresas (excluidas las UTE) ubicadas de forma estable en el Principado de Asturias y legalmente constituidas.
Se incluyen en esta categoría las entidades sin ánimo de lucro que cuenten con asociados (ya sean personas físicas o jurídicas) de un determinado sector de actividad, organizadas para la defensa de sus intereses comunes y la consecución de los fines establecidos en sus estatutos.
A continuación le indicamos los servicios electrónicos que le facilitarán información sobre la identificación a través de la tarjeta ciudadana:
- Primera emisión de tarjeta ciudadana.
- Alta de usuario a través de tarjeta ciudadana y PIN.
- Olvido de clave de operaciones.
- Comunicación del PIN de la tarjeta ciudadana.
Para el acceso a notificaciones electrónicas será necesario disponer de un certificado electrónico o de cl@ve.