Descripción
Comunicación Previa (TECREA)
Finalidad
Será requisito indispensable comunicar previamente los cambios de titularidad de una licencia en tramitación o de una actividad, así como aquellas actuaciones contemplados en el artículo 58 de la instrucción.
Es necesario aportar la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento objeto de la solicitud.
Quién lo puede Presentar
Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.
Presentación
También puede presentar su solicitud a través de los restantes medios que se reconocen en el art. 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de Octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Oficinas de Correos, representaciones diplomáticas o representaciones insulares, oficinas red 060.
Acceso a los modelos normalizados de solicitud
Organo Gestor
El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.
Plazo de resolución
El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud.
Recursos
Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.
Normativa básica
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Instrucción 1/2017, de 30 de Enero del 2017.
Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ayuntamiento Pleno
Aquella aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.
Pago de tasas
El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.