Registro electrónico de facturas - Fundación Municipal de Servicios Sociales

Presentación de facturas con destino a la Fundación Municipal de Servicios Sociales


Finalidad

Implantar un registro central de facturas y demás documentos justificativos de las prestaciones emitidas por los proveedores.

Quien lo puede presentar

Cualquier proveedor o contratista, que presente facturas:

  • Al Ayuntamiento de Gijón.
  • A la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular.
  • A la Fundación Municipal de Servicios Sociales.
  • Al Patronato Deportivo Municipal.
  • A la Empresa Municipal de Aguas.
  • Al Centro Municipal de Empresas.

Quedando excluídas por lo tanto, la facturación a las restantes empresas municipales , y la presentación de facturas justificativas de subvenciones y ayudas otorgadas por el Ayuntamiento de Gijón, sus organismos y empresas dependientes.

Plazos de presentación

En cualquier momento siempre que se cumplan los plazos de facturación legalmente establecidos.

Presentación

Con carácter preferente la presentación de la factura debe realizarse por medios electrónicos a través del presente servicio de la Oficina Virtual También puede presentar sus solicitudes a través de los siguientes canales:

Red Municipal de Oficinas de Atención al Ciudadano Mas Información

A través de los restantes medios que se reconocen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas : Registros Electrónicos de las Administraciones Públicas, Oficinas de Correos, representaciones diplomáticas u oficinas consulares, oficinas de Asistencia en materia de registros.

Órgano gestor

Tesorería General y Departamentos Económico-Administrativos del Ayuntamiento de Gijón, Organismos Autonomos y Empresas Municipales.

Plazo de resolución

No aplica

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

No aplica

Normativa básica

Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
 
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
 
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
 
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
 
Ordenanza municipal de administración electrónica, aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 12 de febrero de 2010.
 
Resolución de Alcaldía de 3 de marzo de 2010, por el que se determina el procedimiento para el tratamiento y tramitación de escritos y solicitudes presentados en el registro electrónico.
 
Resolución de Alcaldía, de 31 de mayo de 2013, por el que se aprueba la definición del procedimiento para la presentación y posterior tramitación de las facturas en el registro de facturas del Ayuntamiento de Gijón.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación
- Factura
- Albaranes u otros documentos relacionados con la factura
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