Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.
También puede presentar sus solicitudes en el registro general a través de los siguientes canales:
Red Municipal de Oficinas de Asistencia en materia de registros Más información
Cajeros ciudadanos En los equipados con buzón de documentos. Más información
También puede presentar su solicitud a través de los restantes medios que se reconocen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Registro electrónico, Oficinas de Correos, representaciones diplomáticas u oficinas consulares, oficinas de asistencia en materia de registro.
Acceso a los modelos normalizados de solicitud