Registro electrónico del Ayuntamiento de Gijón

Solicitud de propósito general con destino al Ayuntamiento de Gijón


Finalidad

Mediante este servicio se permite la presentación por medios electrónicos de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Ayuntamiento, expidiendo los recibos justificativos de presentación en el Registro General. El registro de entrada se deriva a las unidades tramitadoras destinatarias de la solicitud por medios electrónicos. Es necesario aportar la documentación necesaria para la tramitación del procedimiento objeto de la solicitud.

Quien lo puede presentar

Cualquier persona legitimada en función del objeto de la solicitud y que posea certificado electrónico reconocido.

A continuación le indicamos los servicios electrónicos que le facilitarán información sobre el acceso a través de la tarjeta ciudadana:

Plazos de presentación

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos administrativos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.

Presentación

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos o presencialmente. En el caso de procedimientos específicos el plazo estará determinado por lo que se disponga en las bases o normas que lo regulen.

También puede presentar sus solicitudes en el registro general a través de los siguientes canales:

Red Municipal de Oficinas de Asistencia en materia de registros Más información

Cajeros ciudadanos En los equipados con buzón de documentos. Más información

También puede presentar su solicitud a través de los restantes medios que se reconocen en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Registro electrónico, Oficinas de Correos, representaciones diplomáticas u oficinas consulares, oficinas de asistencia en materia de registro.

Acceso a los modelos normalizados de solicitud

Órgano gestor

El que corresponda en función de la materia objeto de solicitud.

Plazo de resolución

El que corresponda en función de la normativa vigente aplicable al procedimiento administrativo objeto de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Los que correspondan en función de la materia objeto de la solicitud.

Normativa básica

  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, aprobada por el Ayuntamiento Pleno de 12 de febrero de 2010.
  • Resolución de la Alcaldía, de 3 de marzo de 2010, por la que se determina el procedimiento para el tratamiento y tramitación de escritos y solicitudes presentados en el Registro Electrónico.
  • Resolución, de 14 de octubre de 2010, por la que se define el funcionamiento del Registro General y la aplicación de la figura de actuación administrativa automatizada en el proceso de digitalización certificada y de generación de justificante acreditativo.
  • Aquella otra aplicable en función del procedimiento objeto de la solicitud.

Información Adicional

Nivel de identificación del solicitante

Medio:Identificación del solicitante mediante certificado digital o Carpeta/Tarjeta Ciudadana
Alto:Acceso mediante sistema Clave

Documentación a aportar

Solicitud
- Modelo de solicitud
Otros documentos
- Consentimiento
- Memoria
- Proyecto
- Presupuesto
- Planos
- Escritura
- Poderes notariales
- Denuncia
- Alegación
- Certificado
- Otros documentos aportados
<< Volver