La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes.
Los plazos quedarán suspendidos:
- Si la solicitud es imprecisa: en este supuesto el Ayuntamiento lo notificará a la persona solicitante, que dispondrá de un período de 10 días para corregirla.
- Si el acceso a la información puede perjudicar intereses de terceras personas, estas dispondrán de un período de 10 días para presentar alegaciones.
Este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante.