Preguntas frecuentes (FAQ)
- 1 - ¿Cómo me afecta la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común?
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La Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, introduce la obligación de ciertos colectivos de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones. Esto significa que tendrá que presentar sus solicitudes y recibir las notificaciones por medios electrónicos.
- 2 - ¿Quiénes son los sujetos obligados?
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Están obligados a relacionarse de manera electrónica con las administraciones públicas:
- Las personas jurídicas: como empresas, fundaciones...
- Las entidades sin personalidad jurídica: como las comunidades de propietarios y propietarias.
- Las personas que ejerzan una actividad proesional para la que se requiera colegiación obligatoriedad, para los trámites que realicen en el ejercicio de esa actividad.
- Quienes actúen en representación de cualquiera de los anteriores.
- 3 - ¿Cómo puedo enviar solicitudes y documentos al Ayuntamiento por medios electrónicos?
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El registro electrónico es el servicio mediante el cual podrás presentar solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Ayuntamiento, las Empresas Municipales y los Organísmos Autónomos dependientes.
Para acceder, debes identificarte con los certificados electrónicos a través de claves concertadas.
Se encuentra disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana en la Sede Electrónica o directamiente desde gijon.es/registroelectronico.
También puede consultar:
■ Guía de uso o el vídeo de ayudaque te explicamos cómo realizar el proceso.
■ Tríptico informativo
- 4 - ¿Cómo accedo a mis notificaciones?
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Si formas parte del colectivo de personas obligadas, ya no recibirás las notificacones por correo postal, sino que tendrás que acceder a ellas en la Sede Electrónica.
Cuando tengas una notificación disponible, te enviaremos un correo a la dirección de correo electrónico que nos hayas indicado para informarte de que tienes una notificación disponible.
Para acceder a ellas es necesario que te idenrifiques con tu certificado electrónico. La notificación estará disponible durante 10 días naturales, y una vez que transcurran se entenderá que la notificación ha sido rechazada.
Puedes consultar y modificar tus datos de contacto en gijon.es/misdatosdecontacto, para asegurarte de que recibirás el aviso de la respuesta a disposición.
También puede consultar:
■ Guía de uso o e lvídeo de ayuda
que te explicamos cómo realizar el proceso.
- 5 - ¿Qué es un certificado electrónico?
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Es un documento electrónico que puede estar en una tarjeta con chip criptográfico (como el DNIe), en un lápiz de memoria o enviarse a través de internet, que sirve para acreditar la identidad de una persona y firmar documentos de manera electrónica.
Para obtener más información sobre cómo conseguir un certificado pulse sobre el enlace
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- 6 - ¿Problemas con el navegador?
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Puedes consultar la compatibilidad de tu navegador y comprobar que cumple con los requisitos técnicos aquí
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- 7 - ¿Dónde puedo encontrar ayuda?
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Hemos realizado varios vídeos informativos y tutoriales prácticos
donde puedes ver, en aproximadamente un minuto, conceptos y acciones clave, como el registro y notificación, la firma de documentos y otros muchos.
También hemos publicado documentos de apoyo para que puedas ver, paso a paso, cómo relacionarte con el Ayuntamiento por medios electrónicos.
Si no encuentras lo que buscas, puedes consultar en los Centros de Atención a la Ciudadanía, llamar por teléfono al 010, enviar tu consulta aquí
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O acudir a uno de los Talleres Ciudadanos, dónde aprenderá a utilizar los medios electrónicos del Ayuntamiento y podrás plantear tus dudas....